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Qué debe tener un contrato de arriendo en Chile

Un buen contrato de arriendo en Chile identifica a las partes y la propiedad, fija la renta y su reajuste, regula la garantía y su devolución, define plazo y causales de término, y se firma ante notario. Desde la Ley 21.461, un contrato bien hecho además acelera la restitución si el arrendatario deja de pagar.

En esta guía

  • → Las cláusulas que no pueden faltar
  • → La renta y el reajuste
  • → La garantía y su devolución
  • → Plazo, renovación y término
  • → ¿Hay que firmarlo ante notario?
  • → Qué cambió con la Ley 21.461
  • → El anexo que evita el 90% de las peleas
  • → Preguntas frecuentes

Las cláusulas que no pueden faltar

El esqueleto de un contrato de arriendo serio

  • Individualización completa de arrendador y arrendatario (nombre, cédula, domicilio)
  • Identificación precisa de la propiedad, incluyendo estacionamiento y bodega si los hay
  • Renta: monto, moneda de reajuste, día de pago y forma de pago
  • Garantía: monto, qué cubre y plazo de devolución
  • Plazo del contrato y regla de renovación
  • Quién paga qué: gastos comunes, consumos y contribuciones
  • Mantenciones y reparaciones: qué asume cada parte
  • Prohibiciones: subarrendar, cambiar el destino, mascotas si aplica
  • Causales de término anticipado y aviso previo
  • Inventario del estado de la propiedad, firmado como anexo

La renta y el reajuste

Las dos fórmulas dominantes del mercado son fijar la renta en UF (se reajusta sola, día a día) o en pesos con reajuste periódico según IPC, típicamente cada 6 o 12 meses. Lo que no puede pasar es que el contrato guarde silencio: sin cláusula de reajuste pactada, el arrendador no puede subir la renta unilateralmente durante la vigencia del contrato.

La garantía y su devolución

1 mes de renta

es la garantía estándar del mercado chileno. No es una exigencia legal: es costumbre, y puede pactarse distinto.

La garantía cubre deterioros más allá del uso normal, cuentas impagas y deudas de gastos comunes al momento de la restitución; no es la renta del último mes, y conviene decirlo expresamente en el contrato. Pacta también el plazo de devolución: la práctica habitual del mercado va de 30 a 60 días desde la entrega, contra la liquidación de cuentas pendientes.

Plazo, renovación y término

  • Lo más usado en vivienda es el contrato a plazo fijo de 12 meses con renovación tácita automática por períodos iguales.
  • Para no renovar, cualquiera de las partes avisa por escrito con la anticipación pactada (30 o 60 días es lo habitual).
  • En contratos pactados mes a mes o de plazo indefinido, el arrendador puede ponerles término mediante desahucio con los avisos que fija la Ley 18.101.
  • Deja causales de término anticipado explícitas: no pago, subarriendo no autorizado, daños o cambio de destino.

¿Hay que firmarlo ante notario?

El contrato de arriendo es válido incluso verbal, pero firmarlo ante notario da fecha cierta y facilita cualquier cobro o juicio posterior. Desde la Ley 21.461, además, el contrato firmado ante notario (o con firma electrónica avanzada) habilita el procedimiento monitorio para cobrar rentas y recuperar la propiedad más rápido. Ese respaldo vale mucho más que el costo del trámite.

Qué cambió con la Ley 21.461

La reforma conocida como "Devuélveme mi casa" (Ley 21.461, de 2022) creó un procedimiento monitorio para el no pago: si el arrendatario no paga y no se opone con fundamento, el tribunal puede ordenar la restitución y el lanzamiento en plazos mucho más breves que el juicio tradicional. La condición práctica es tener un contrato escrito y bien hecho: sin contrato firmado, probar la deuda y la relación de arriendo se vuelve cuesta arriba.

El anexo que evita el 90% de las peleas

El inventario de entrega describe el estado real de la propiedad: muros, pisos, artefactos, llaves y lecturas de medidores, idealmente con fotos fechadas firmadas por ambas partes. Es la referencia objetiva para liquidar la garantía al final del arriendo. Cinco minutos de fotos al inicio ahorran meses de discusión al término.

Preguntas frecuentes

¿Un contrato de arriendo verbal es válido?

Sí, es válido, pero muy mala idea: sin documento, la ley presume como renta la que declare el arrendatario y probar las condiciones pactadas se vuelve difícil. Además, sin contrato firmado ante notario no accedes al procedimiento monitorio de la Ley 21.461. Escrito y notariado, siempre.

¿El arrendador puede subir la renta cuando quiera?

No durante la vigencia del contrato: la renta solo se reajusta según lo pactado (UF o IPC en los períodos acordados). Los cambios de monto se negocian al renovar. Si el contrato no dice nada de reajuste, la renta se mantiene hasta que las partes acuerden otra cosa.

¿Quién paga los gastos comunes y las contribuciones?

Salvo pacto distinto, el arrendatario paga los gastos comunes y los consumos (luz, agua, gas), y el dueño paga las contribuciones. El contrato debe decirlo expresamente, incluyendo qué pasa con los gastos comunes extraordinarios, que por regla general son de cargo del propietario.

¿Puedo exigir un aval o codeudor?

Sí, es legal y común, sobre todo con arrendatarios sin historial de arriendo. El codeudor solidario firma el mismo contrato y responde por las rentas impagas. Es una capa de seguridad adicional a la garantía, no un reemplazo de ella.

Términos del glosario mencionados

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Referencias oficiales

  • Biblioteca del Congreso Nacional — Ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos
  • Biblioteca del Congreso Nacional — Ley 21.461 (procedimiento monitorio de arriendo)
PV

Equipo PortalViviendas

Actualizado el 16 de julio de 2026

Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoría legal, financiera ni tributaria, ni una recomendación de inversión u oferta de productos o servicios financieros. Las cifras, porcentajes, plazos y costos mencionados son referencias promedio del mercado chileno y pueden variar según la comuna, la institución y cada caso particular. La información se basa en la normativa vigente a la fecha de actualización indicada, la que puede haber cambiado. Cada operación inmobiliaria es distinta: esta información no reemplaza la revisión de tu caso particular con un profesional especialista del área antes de tomar decisiones.